"Ser bueno es fácil; lo difícil es ser justo" Victor Hugo
"Ser bueno es fácil; lo difícil es ser justo"  Victor Hugo

Para mantenerse informado

En esta sección le informaremos periódicamente acerca de los juicios y decisiones de interés así como de las novedades de nuestro bufete.

LABORAL._ Sobre el complemento por maternidad y su aplicación a los varones.

"...el concepto de "maternidad" utilizado por la norma refiere a una interpretación amplia del término e incluye a los hijos/as adoptivos/as, es decir transciende de la maternidad biológica y se vincula a la práctica de los cuidados proyectados sobre los menores descendientes...debe concluirse que el complemento de maternidad regulado en el art. 60 de la LGSS , incurre en discriminación directa por razón de sexo, al excluir a los padres varones pensionistas (jubilación, invalidez y viudedad contributivas) que puedan estar en una situación comparable a la de las madres trabajadoras. Tal conclusión , contenida expresamente en la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (asunto C- 450/18), es vinculante para este Juzgado pues el hecho de reconocer eficacia jurídica a los actos legislativos nacionales incompatibles con las disposiciones del Derecho comunitario, equivaldría de hecho a negar, el carácter efectivo de los compromisos incondicional e irrevocablemente asumidos por los Estados miembros, en virtud del Tratado, y pondría así en peligro los propios fundamentos de la UE, como Comunidad (STJCE de 9 de marzo de 1977- Asunto 106/77, Simenthal)"

 

(St. del Juzgado de lo Social nº 4 de A Coruña de fecha 12/mayo/2021)

LABORAL._ Indemnización de daños y perjuicios: condena solidaria a la empresa principal y a la contratista.

 

La responsabilidad derivada de un accidente de trabajo genera una responsabilidad solidaria de todos los sujetos implicados que no es extracontractual, sino de carácter legal (derivada del art. 42.3 LPRL), dicha responsabilidad solidaria de la empresa principal nace de forma automática y por mandato legal directo.

 

(STS de 06-mayo-2021)

CIVIL._ Responsabilidad del tutor por los perjuicios derivados del negligente ejercicio del cargo.

 

 La autorización judicial, respaldada en la documentación aportada por el propio tutor en un procedimiento de jurisdicción voluntaria no le exime de la responsabilidad por los daños causados por no observar la debida diligencia de un buen administrador en atención a las circunstancias, ni tampoco la rendición general de cuentas. Así resulta del art. 285 CC, conforme al cual, "la aprobación judicial no impedirá el ejercicio de las acciones que recíprocamente puedan asistir al tutor y al tutelado o a sus causahabientes por razón de la tutela"

 

(STS de 12-mayo-2021)

 

PENAL._ RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES ante el ABSENTISMO ESCOLAR de sus hijos.  

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Alicante ha condenado a los padres de cuatro niños a pagar multas que ascienden a 2.160 euros por un delito de abandono de menores contenido en el art. 229 y 230 de nuestro Código Penal al no evitar el absentismo escolar de sus hijos durante el curso 2010-2011.

 

La sentencia de instancia, que resulta firme dada la conformidad alcanzada entre acusación y defensa, estima que los progenitores incumplieron el deber legal de procurar una adecuada formación y educación a aus hijos, dado que no adoptaron las debidas medidas para que sus hijos asistieran a los centros educativos.

Entrevista a Victoria Plazuelo en la Cadena Ser

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CIVIL._ STS de 27 de julio de 2009. Confirma el derecho de los abuelos a tener un regimen de visitas con respecto a su nieto.

"No cabe desconocer el legítimo derecho de los abuelos a tener un estrecho contacto personal con quien les une una relación de parentesco tan próximo que justifica un especial afecto. Y todo ello debe entenderse sin perjuicio de tomar en cuenta la voluntad del menor que deberá ser oído al respecto, y que habrán de hacerse en su caso los apercibimientos oportunos con posibilidad de suspensión o limitación del régimen de  visitas (...) cuando se advierta en los  abuelos una influencia sobre el nieto de animadversión hacia la persona del padre"

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